Psicotécnicos: La nueva ordenanza de movilidad en Madrid da protagonismo a ciclistas y peatones

Psicotécnicos: La nueva ordenanza de movilidad en Madrid da protagonismo a ciclistas y peatones

El 9 de febrero del año pasado, la Junta de Gobierno de la Ciudad de Madrid acordó someter a consulta pública previa la elaboración de una nueva Ordenanza de Movilidad para la Ciudad de Madrid. Desde el año 2005, cuando fue aprobada, esta Ordenanza ha sido modificada en numerosas ocasiones, pero debido a su extensión y complejidad resultaba necesario adaptarla parcialmente a las nuevas innovaciones tecnológicas y, sobre todo, a las nuevas medidas del Plan de Calidad del Aire y Cambio Climático. Se abrió de esta manera un proceso con el fin de conocer la opinión de los ciudadanos y poder efectuar las modificaciones lo más tempranamente posible.

Consulta para el consenso y próximos pasos

El Ayuntamiento ha decidido trasladar previamente este debate a la ciudadanía para conocer la opinión generalizada y hallar en función de ello una solución a los problemas de movilidad y tráfico de la capital y, por encima de todo, mejorar de la calidad del aire que los madrileños respiran. Los tres pasos antes de que la Ordenanza vea la luz serán estos:

1. Consulta públicaeste es el proceso participativo de consulta en Decide Madrid, donde se dará lugar al debate y opiniones de los ciudadanos, así como a las instituciones que puedan verse afectadas por los cambios. Tras realizar la consulta, se podrá finalizar el borrador, que posteriormente tendrá que ser aprobado en el Pleno municipal.

2. Tramitación del proyecto: es en definitiva la aprobación del proyecto inicial, con un breve periodo de alegaciones, para dar paso finalmente a la aprobación definitiva.

3. Aprobación de la Ordenanza: en este plazo se dará lugar a la presentación de enmiendas por parte de los grupos políticos municipales, el dictamen de la Comisión del Pleno, el debate en el Pleno y la aprobación definitiva.

La Ordenanza de Movilidad en un vistazo

nueva ordenanza de movilidad en Madrid

Una mayor convivencia y seguridad vial, una movilidad más sostenible y la protección de determinados colectivos, como el de las personas con movilidad reducida o los entornos escolares u hospitalarios, son los ejes principales de la futura Ordenanza de Movilidad Sostenible, que han sido presentada ya como paso previo a la presentación del borrador:

  • La velocidad en las calles de un carril por sentido o carril único quedará limitada a 30 km/h: objetivo de reducir la siniestralidad vial, y pacificar el tráfico en beneficio de ciclistas y peatones.
  • Las bicicletas podrán circular en sentido contrario en las calles residenciales y ciclocalles.
  • Los usuarios de Vehículos de Movilidad Urbana (VMU) deberán tener la edad mínima de 16 años y no podrán usar auriculares.
  • Los vehículos de dos ruedas podrán aparcar en acera si dejan más de tres metros libres: respetando el tránsito peatonal siempre que no haya banda de estacionamiento en calzada, en cuyo caso no se podrá aparcar en la acera.
  • Las personas con movilidad reducida tendrán prioridad para acceder a las plazas de aparcamiento público en régimen de abono o contrato
  • Las nuevas VTC tendrán que ser CERO o ECO y tendrán una moratoria similar a la del taxi
  • Se regularán las futuras Zonas de Aparcamiento Vecinal, que se crearán por demanda y sin coste para los residentes
  • Los hospitales podrán solicitar zonas de aparcamiento de larga estancia en el SER
  • La futura ordenanza también recoge los cambios en la movilidad previstos en el Plan A de Calidad del Aire y Cambio Climático

En líneas generales se busca favorecer la seguridad vial y el transporte público frente al privado y a ampliar el horario del SER, potenciar la movilidad peatonal, ciclista y los puntos de recarga eléctrica en aparcamientos públicos y garajes particulares.

Peatones y movilidad ciclista, a fondo

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En relación a los peatones, la nueva Ordenanza establece una serie de pautas novedosas. En primer lugar éstos podrán atravesar la calzada fuera de las zonas señalizadas, aunque siempre que puedan hacerlo sin riesgo ni entorpecimiento. Esta norma se establece especialmente para las zonas de velocidad máxima 30 km/h.

Además, siendo las aceras zonas peatonales para el tránsito, está prohibida la circulación y estacionamiento de vehículos, algo lógico por un lado, aunque tienen carácter excepcional aquellos que hayan sido autorizados, como pueden ser los vehículos para personas con movilidad reducida, siempre que acomoden la marcha a la del resto de usuarios.

En el caso de la instalación de los pasos de peatones semaforizados o los llamados foto-rojos, se amplía la seguridad vial para el estricto cumplimento de la detención de los vehículos, especialmente en aquellos pasos potencialmente peligrosos. Estas determinadas calles y aceras públicas, además, tendrán reconocimiento como ‘espacios de especial protección para el peatón‘, en los casos donde la densidad peatonal sea muy alta y pueda haber riesgo de conflicto con el tráfico. En estos lugares los conductores deben conceder prioridad a los peatones.

En materia de bicicletas se regulan expresamente la prioridad de los ciclistas en los avanzabicis (líneas de detención adelantada en la salida de los semáforos), la prohibición general de circulación por aceras (excepto niños menores de 12 años acompañados por un adulto), y la posibilidad de circular en ambos sentidos de la marcha en calles residenciales con restricción de velocidad.

Además el servicio municipal de bicicletas BiciMAD ve reguladas sus condiciones de arrendamiento, así como las normas generales de uso, obligaciones y prohibiciones de los usuarios, mantenimiento, seguros y cobertura pública. Se establecen, además, los nuevos estacionamientos proyectados junto a aquellas áreas intermodales de autobús y tren.

VMU y novedad con los patinetes

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Los Vehículos de Movilidad Urbana (VMU) estarán clasificados en diversas tipologías (A, B, C0, C1 y C2) según los modelos de vehículo, edad permitida y normas de circulación. Para los patinetes eléctricos y segways que circulen por vías y espacios públicos se establece una edad mínima de 16 años (adecuado a su altura y peso), la prohibición de circular con auriculares y la obligatoriedad de llevar casco, timbre y elementos reflectantes.

Los lugares de circulación varían en función de los diferentes tipos, pero en general se establecen por ciclocalles, calles residenciales (límite 20 km/h) y zonas 30, carriles bici protegidos y parques públicos donde estén permitidas. Se regula también que los vehículos tipo A y B puedan circular en grupo de hasta 6 personas, siempre con un guía turístico y por itinerarios previamente autorizados por el Ayuntamiento.

Par el caso de los patines y patinetes sin motor pueden circular por las aceras y zonas peatonales a la velocidad en que lo haría una persona, y sin prioridad nunca respecto del peatón. Además podrán hacer uso de los carriles bici y en vías concretas (carriles bici no protegidos) será obligatorio el uso del casco homologado y la señalización con visibilidad reflectante. Por su parte, los monopatines pasan a ser de carácter puramente deportivo y por tanto deberán usarse en las zonas específicamente señalizadas para esta actividad, nunca por aceras peatonales ni vías ciclistas.

Transporte en vehículos de turismo y calidad del aire

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Debido a la aplicación del Plan de Calidad de Aire y Cambio Climático (PLAN A), en el centro de Madrid se pretende prohibir la circulación por las vías públicas a los vehículos que carezcan de distintivo ambiental de forma que resulte visible. Esta línea maestra afecta por tanto al Transporte en Vehículos Turismo (VTC) que se verán influenciados por unos requisitos medioambientales. Taxis y vehículos de transporte concertado nuevos deberán disponer del distintivo ‘Cero emisiones’ o ‘ECO’ de la Dirección General de Tráfico, mientras que los vehículos que ya estén en circulación en el momento de aprobación de la ordenanza, se les da un plazo hasta el 31 diciembre 2022 (si disponen de etiqueta ‘C’ de vehículo adaptado, el plazo se amplía hasta 31 de diciembre de 2027).

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