Centro Médico Gran Vía
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Renovación y obtención
PERIODO DE VALIDEZ
TIPOS DE TITULOS, EDAD REQUERIDA y CADUCIDAD
ORDEN FOM/3200/2007, de 26 de octubre, por la que se regulan las condiciones para el gobierno de embarcaciones de recreo.
Títulos habilitantes
Los títulos que, a continuación, se establecen son los únicos que habilitan para el gobierno de embarcaciones de recreo de bandera española, salvo lo previsto en el artículo 3 y la disposición final tercera, y son:
Requisitos de edad
Para la obtención de los títulos anteriores, los interesados deberán haber cumplido dieciocho años de edad.
Los menores de edad que hayan cumplido dieciséis años podrán participar sólo, en las pruebas para la obtención de la licencia de navegación y patrón para navegación básica; siempre con la autorización de los padres.
Período de validez de la documentación
Renovación de títulos y tarjetas
Además de los supuestos previstos en los apartados 2 y 3 del artículo anterior, procederá la renovación de la tarjeta, en los siguientes casos:
También procederá la renovación del título en los casos citados en el primer párrafo, con la excepción de la caducidad.
NOTA: Tal y como señala la federación vasca de vela y de acuerdo a la resolución de 11/01/2010 de la DGMM, no es necesaria la realización de un nuevo reconocimiento para aquellos que acrediten que no han pasado más de 2 años desde la obtención o renovación de su permiso de conducir de vehiculos terrestres a motor.
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