Renovar carné de conducir: Puntos del carnet a cambio de educación vial: una oferta que baraja la DGT (y es complicado rechazar)

Renovar carné de conducir: Puntos del carnet a cambio de educación vial: una oferta que baraja la DGT (y es complicado rechazar)

El carnet por puntos ha sido un instrumento fundamental para reducir la siniestralidad en este milenio. Asociamos su funcionamiento a la pérdida de puntos en relación con una serie de infracciones. Mientras, los mecanismos para recuperar puntos están limitados a determinados panoramas. Estos se van a ampliar con la última reforma en la que trabaja la DGT, en la que se plantea la obtención de dos puntos adicionales al realizar cursos. La medida promete dinamizar el carnet por puntos, de modo que su regulación no solo «sirva» para perderlos. La meta final es que suponga un refuerzo para la educación vial de todos los conductores y, al mismo tiempo, potencie la concienciación en materia de seguridad vial. Esta resulta muy necesaria, sobre todo ante los nuevos retos que van surgiendo y que requieren una respuesta normativa. Retoques legislativos para el carnet por puntos La reforma de la Ley sobre Tráfico, Circulación de Vehículos a Motor y Seguridad Vial está en marcha. La regulación de los puntos del carnet es, en buena medida, protagonista dentro de esta actualización. Y es que dos de las cinco normas que cambian a partir de este 2020 afectarán al régimen de puntos del carnet. Han sido varios medios de comunicación los que han desvelado detalles del nuevo borrador de la Ley con el que se pretende bonificar con dos puntos a los conductores, tanto de motos como de automóviles, que cursen una serie de contenidos calificados como «de reciclaje». Para ello, la DGT se va a apoyar en cursos que ya se han venido ofertando. El ente público no los creará de cero, sino...
Psicotécnicos: ¡Ojo! Los accesorios para las sillitas para niños pueden ser más peligrosos de lo que crees

Psicotécnicos: ¡Ojo! Los accesorios para las sillitas para niños pueden ser más peligrosos de lo que crees

  En Circula Seguro hemos tratado ampliamente la mayoría de los aspectos en relación a los Sistemas de Retención Infantil. Estas sillitas suponen un quebradero de cabeza entre muchos padres y madres que no terminan de decidirse por el modelo más adecuado para sus hijos, que discrepan sobre los materiales más confortables y que, en muchos casos, no son conscientes de la importancia de una correcta instalación. Pero ahora llega la última de las polémicas: los accesorios de las sillitas. Los accesorios del SRI: ¿confort o riesgo? Muchas compañías han encontrado un buen nicho de mercado en la producción y venta de herramientas que mejoren la comodidad y seguridad de los SRI. En ocasiones estos componentes permiten readaptar sillas obsoletas a las condiciones de los pequeños para ampliar así el margen de edad, altura y peso y con ello alargar la vida útil de la sillita. Sin duda, un error que pone en jaque la seguridad si no se hace una elección responsable de los accesorios, materiales y enganches. Los fabricantes solo homologan los accesorios que ellos mismos han probado con sus sillitas, por lo que es muy posible que un mismo accesorio no sirva de igual manera en otros modelos de SRI dado que están diseñados exclusivamente en relación aquellas del propio fabricante. Estos accesorios ofrecen una supuesta mejora de la seguridad y el confort pero habría que entrecomillarlo con claridad. Pongamos por caso el de un niño de unos 7 años de edad acostumbrado a una silla de menor edad que posee recubrimiento cervical pero que ya se le ha quedado pequeña. Al crecer, esta protección queda...
Psicotécnicos: Estas son las infracciones que se pueden cometer con un patinete eléctrico

Psicotécnicos: Estas son las infracciones que se pueden cometer con un patinete eléctrico

  Aunque el omnipresente patinete eléctrico está asociado con la sigla VMP, la definición de Vehículo de Movilidad Personal está pendiente de regulación. No obstante, la Instrucción 2019/S-149 TV-108 de la DGT, que hace un adelanto sobre el futuro reglamento, define al VMP como un vehículo de una o más ruedas dotado de una única plaza y propulsado exclusivamente por motores eléctricos que pueden proporcionarle una velocidad máxima por diseño comprendida entre 6 y 25 km/h. Es conveniente saber esto y otros detalles que explicamos más adelante porque no todos los patinetes eléctricos son VMP. De hecho, según esta noticia, ya ha habido una sentencia en la que se condena a un conductor por conducir un supuesto patinete de dos ruedas con asiento y sin matrícula, a pesar de poseer las características de un ciclomotor. Veamos qué otras infracciones pueden cometerse conduciendo un patinete eléctrico. Vehículo homologado pero sin autorización para circular Un patinete no homologado o fabricado por uno mismo, simulando ser un VMP, no puede circular y compartir una vía pública si antes no ha sido autorizado por la Administración (Industria-DGT). Por eso, el hecho de circular con un vehículo sin certificado de características, utilizando motor de combustión como el ejemplo de las ‘minimotos’, sin cumplir con la definición de VMP o no llevar una autorización para circular, puede ser sancionado, según el Reglamento General de Vehículos, con multa de 500€, salvo que se acoja al 50% de descuento (pronto pago). Además, si se demuestra que por sus características técnicas corresponde con un tipo de ciclomotor, es decir, potencia de 1500W y una velocidad máxima de 45...
Renovar carné de conducir: Todo lo que necesitas saber para pasar la ITV a tu moto

Renovar carné de conducir: Todo lo que necesitas saber para pasar la ITV a tu moto

  Llega el momento y nos echamos a temblar, nos sumergimos en un mar de dudas y acabamos por reconocer que no vamos a superar el examen. ¡Calma! La temida Inspección Técnica de Vehículos es un trámite que, más que ponernos a prueba a nosotros, nos da la seguridad de poder circular en buenas condiciones con nuestra moto. La obligación de pasar la ITV en centros especializados es una gestión que nos debe animar a mantener nuestro vehículo bien cuidado y con todo en regla. Y tú, ¿tienes tu moto siempre a punto? ¿Cada cuánto tiene que pasar la ITV mi moto? Es la duda número 1 en relación a este tema y más si eres un motorista reciente. La ITV de motos y coches no es igual –aunque presente similitudes–, como tampoco es igual dentro de cada variante en los vehículos de dos ruedas. Por lo general has de estar pendiente de las actualizaciones de la normativa, pues hay casos en los que los periodos y condiciones de la inspección cambian. Por ejemplo, hasta el año 2007 los ciclomotores estaban exentos de pasar la ITV, pero ahora es obligatoria y quizá haya todavía quien no lo sepa. Apunta esto: desde la primera matriculación de tu moto, la primera ITV es a los 4 años (esto afecta de igual manera a vehículos ligeros, de tres ruedas, cuadriciclos y quads). En el caso de los ciclomotores, la primera visita es tras los primeros 3 años. Hasta aquí todo es bastante similar a los automóviles, las ITV posteriores también serán cada 2 años independientemente de la antigüedad de la moto. Pero...

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