Psicotécnicos: Modificaciones que puedes hacerle a la moto sin comprometer tu seguridad (ni tu ITV)

Psicotécnicos: Modificaciones que puedes hacerle a la moto sin comprometer tu seguridad (ni tu ITV)

La pasión por las motocicletas se vive de forma muy intensa y todo el pequeño universo que rodea al mundo de las dos ruedas está lleno de peculiaridades. Las personalizaciones o adaptaciones son la mejor manera de expresar lo que somos a través de nuestro vehículo y hacerlo más nuestro. Pero, en caso de que estés decidido a realizar modificaciones a la moto, es importante que conozcas sus diferentes niveles. Y, sobre todo, qué te puede suponer un problema y qué no el día que toque pasar la ITV. ¿Qué es una reforma de importancia de la moto? ¿Estética? ¿Confort? ¿Seguridad? Muchas son las razones que nos tientan a personalizar nuestra moto, pero algunos detalles pueden tener consecuencias legales. En este sentido es importante que sepas que, si quieres convertirla en un modelo único, probablemente debas realizar una nueva homologación. Una reforma de importancia del vehículo –así se conocían hasta hace poco– implica aquellas modificaciones de componentes que figuren en la tarjeta de inspección técnica de la moto. Cualquier reforma considerable que vayas a realizar en tu motocicleta debe de pasar varios filtros y el primero es el de tu taller de confianza. Un especialista técnico o el personal de una estación de ITV podrán ofrecer un mejor asesoramiento sobre tu idea de personalización. Si quieres ir solucionando alguna de tus dudas, puedes consultar el Manual de Reformas de Vehículos (4ª revisión) en este link. Además, en este listado recogemos algunos de los aspectos considerados que, en caso de modificación, son considerados como una reforma de importancia: Identificación. Unidad motriz. Transmisión. Ejes. Suspensión. Dirección. Frenos. Carrocería. Dispositivos de alumbrado...
Renovar carné de conducir: ¿Cómo son las cadenas de nieve para moto?

Renovar carné de conducir: ¿Cómo son las cadenas de nieve para moto?

Este comienzo de año nos ha dejado algunas valiosas lecciones sobre movilidad en nieve. Puede que, para muchos, las cadenas de nieve fueran unas totales desconocidas y esta ha sido una buena ocasión para aprender a ponerlas de una vez por todas. Pero, ¿también existen cadenas de nieve para moto? Por supuesto y, aunque nos resulten más desconocidas, son igual de necesarias. Aunque no existe mucha variedad, podemos encontrar modelos muy efectivos y algunas alternativas útiles. ¿Qué son las cadenas de nieve para moto? Las cadenas de nieve para moto ejercen la misma función que en un vehículo: mejoran el agarre e impiden el deslizamiento sobre superficies heladas. Normalmente constan de 5 piezas de plástico con puntas metálicas que se instalan alrededor del neumático. Tirando con fuerza de las cintas de tela es posible ajustar bien las cadenas a la anchura y altura de cualquier rueda. Tipos de cadenas de nieve para la moto También podemos encontrar otros modelos en forma de garra metálica que se sujetan, de igual forma, con unas cinchas de tela. En su gran mayoría son cadenas universales que se pueden utilizar en todo tipo de motocicletas, aunque debemos comprobar las excepciones que nos indique el fabricante. Estas cadenas permiten circular también por entornos arenosos o barrizales, por lo que siempre conviene tenerlas a mano en el baúl en caso de que tengamos que echar mano de ellas. Aunque las más actuales tienen una fácil instalación, en situaciones de estrés en carretera y bajo una nevada intensa, pueden resultar laboriosas de poner. Por otro lado, debemos de prestar especial atención a cuándo no hay que...
Psicotécnicos: Entra en vigor la nueva regulación de los vehículos de movilidad personal

Psicotécnicos: Entra en vigor la nueva regulación de los vehículos de movilidad personal

Entra en vigor la nueva regulación de los vehículos de movilidad personal Son vehículos de una o más ruedas, de una única plaza y propulsados exclusivamente por motores eléctricos que pueden proporcionar al vehículo una velocidad máxima por diseño comprendida entre 6 y 25 km/h. No pueden circular por las aceras y tienen prohibida la circulación en vías interurbanas, travesías, autopistas, autovías o túneles urbanos. Sus conductores están sometidos a las mismas tasas máximas de alcohol permitidas por la Ley de Seguridad Vial, así como a la prohibición de conducir con presencia de drogas en el organismo. Tampoco pueden llevar auriculares puestos, ni hacer uso del móvil o cualquier otro dispositivo mientras van conduciendo 30 DICIEMBRE 2020 Desde hoy, los vehículos de movilidad personal, entre los que se encuentran los patinetes, son considerados vehículos a todos los efectos y sus conductores están obligados a cumplir las normas de circulación, como el resto de conductores de coches y motos. Entre las normas, hay que recordar que los conductores de estos vehículos están sometidos a las mismas tasas máximas de alcohol permitidas por la Ley de Seguridad Vial, así como a  la prohibición de conducir con presencia de drogas en el organismo. Tampoco pueden llevar auriculares puestos, ni hacer uso del móvil o cualquier otro dispositivo mientras va conduciendo. Además, estos vehículos no pueden circular por las aceras y tienen prohibida la circulación en vías interurbanas, travesías, autopistas, autovías o túneles urbanos. Estas novedades  responden a  la entrada en vigor hoy del  RD 970/2020 por el que se modifica el Reglamento General de Vehículos y el Reglamento General de Circulación, dos...

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