Renovar carné de conducir: ¿Qué carnet necesito para conducir un quad?

Renovar carné de conducir: ¿Qué carnet necesito para conducir un quad?

 

Los quads son vehículos que han tenido y están teniendo mucho éxito porque se adaptan a cualquier terreno y se conducen con mucha facilidad. Parte de su historia viene a raíz del uso al que fueron destinados, principalmente, a fines militares y tareas agrícolas. Actualmente, gracias a sus cuatro anchas ruedas y posición del conductor, suelen destinarse a actividades recreativas y de ocio, y es posible que en vacaciones hayas incluido en el plan de actividades al aire libre, un paseo en uno de estos vehículos.

 

Pues bien, para conducir un quad será necesario poseer un permiso de conducir adecuado y contar con ciertas habilidades para circular con seguridad. Veremos, primero, qué es un quad diferenciando sus tipos (cuadriciclos ligeros, no ligeros y vehículos especiales) y, después, qué autorización tenemos que tener para conducir y circular con alguno de estos vehículos.

¿Qué es un Quad?

Un Quad es un vehículo de cuatro ruedas o más similar a una motocicleta para practicar deporte. También se le llama ATV (en inglés, All Terrain Vehicles) cuando se destinan a usos agrícolas o recreativos. La dirección del vehículo es controlada por su conductor desde su asiento y que va a horcajadas para maniobrar con el manillar del que dispone.

Los conductores y pasajeros, si están autorizados por el número de asientos entre sus características, de cualquier tipo de quads deberán usar casco de protección homologado y debidamente abrochado con objeto de garantizar la seguridad del propio conductor. Para saber si el casco está homologado nos bastará con que en su interior lleve una etiqueta blanca con la letra “E” acompañada de un número que será el equivalente al país donde ha recibido la homologación. Todo ello y sin olvidarnos de pasar la correspondiente inspección técnica del vehiculo que será, la primera, a los cuatro años tras su primera matriculación para todos los quads y la siguiente bienal, salvo para los quads catalogados como de vehículos especiales que será anual a partir de los 10 años desde su primera matriculación.

Por otro lado, por parte del propietario del quad, no puede olvidarse la obligación de hacerse un seguro obligatorio de automóviles (SOA). De esa forma, estaría cubierta la responsabilidad civil por los daños causados a las personas o a los bienes con motivo de la circulación o ante cualquier hecho que alterase nuestro desplazamiento, tanto en casco urbano como en carretera.

¿Qué carnet de conducir tengo que tener para llevar un quad?

Los quads, en función de las características técnicas que figuran en la tarjeta de inspección técnica del vehículo, se clasifican en:

CUADRICICLOS LIGEROS, identificados a través de sus características técnicas con el número 0300 (vehículos ciclomotores) que aparece en el rectángulo superior izquierda de la ficha ITV y por la matrícula como la de un ciclomotor (caracteres en negro sobre fondo amarillo). Estos vehículos pueden conducirse con los permisos de conducción de la clase A-1, A-2, A, B o AM(antigua licencia de ciclomotor). Tienen su velocidad limitada a 45 km/h y si arrastran remolque o semirremolque a 40 km/h.

CUADRICICLOS, identificados a través de sus características técnicas con el número 0600 (vehículos automóviles) que aparece en el rectángulo superior izquierda de la ficha ITV y por la matrícula ordinaria como la de los turismos y motocicletas. Estos vehículos pueden conducirse con el permiso de conducción de la clase B y también con el A, siempre y cuando: la cilindrada sea superior a 50 cc, velocidad superior a 45 km/h y la masa en vacío del vehículo no sea superior a 550 kg. Tienen limitada su velocidad como máximo a 70 km/h y si arrastran remolque o semirremolque a 60 km/h.

VEHÍCULOS ESPECIALES, identificados a través de sus características técnicas con el número 6400 (vehículos especiales) que aparece en el rectángulo superior izquierda de la ficha ITV y por la matrícula que lleva impresa la letra E al principio, además de cuatro números y tres letras. Estos vehículos pueden conducirse con el permiso de conducción de la clase B y con el C-1, si sobrepasa los 3500 kg de MMA. Tienen su velocidad limitada y como máximo a 45 km/h por carretera y si arrastran remolque o semirremolque a 25 km/h. Otra característica de este tipo de vehículos es que tienen que llevar la señal V-2 (luz giratoria o rotativo de color amarillo) si no superan la velocidad de 40 km/h, y también la señal V-4 (limitación de velocidad) que indica que el vehículo no debe circular a velocidad superior, en kilómetros por hora, a la cifra que figura en la señal.

Finalmente, en relación a los tres tipos de quads, hay que tener en cuenta que los quads no son coches ni motocicletas y que por tanto habrá que conocer muy bien el tipo de quad, si decidimos utilizar una vía pública. Por un lado, el conductor de una motocicleta suele estar acostumbrado a mover su cuerpo para tomar una curva, mientras que para conducir cualquier tipo de quad, no conviene hacer bruscos movimientos del manillar debido a la altura de su centro de gravedad. Así como tampoco no debemos superar la velocidad específica por el tipo de vía y vehículo, ni utilizar pistas deslizantes, como si se tratase de coches de rallyes, y especialmente al tomar una curva, ante la posible pérdida de tracción de alguna de sus ruedas. Y, recuerda, la vía pública no es un circuito.

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