Renovar carné de conducir: ¿Debo bajarme de la bici para cruzar por un paso de peatones?

Renovar carné de conducir: ¿Debo bajarme de la bici para cruzar por un paso de peatones?

 

Es un debate largamente extendido y que ya hemos tratado en Circula Seguro. A pesar de ser una cuestión de seguir al pie de la letra la normativa y también de mera lógica, son muchos los ciclistas que creen que pueden cruzar la carretera por el paso de peatones sin bajarse de la bicicleta. Es ocasiones estos pasos de peatones están junto a un carril-bici, por lo que algunos podrían entenderlo como una extensión del mismo. Otros tantos, siendo conscientes de que no es así, lo hacen cada día a pesar de que constituye un riesgo manifiesto para su propia integridad.

El Reglamento dice que tenemos que bajarnos de la bici

Como sabemos, el tráfico está regulado en nuestro país en primera instancia por el Reglamento General de Circulación (RGC). En el texto se definen el comportamiento debido de los distintos usuarios que participan en la circulación, vehículos, peatones e incluso animales.

La bicicleta es entendida desde un primer momento como un vehículo (a pedales), describiéndose en el Artículo 64 las prioridades generales de paso de los ciclistas en los cruces con respecto al resto de vehículos.

Las confusiones empiezan con respecto a las zonas peatonales, donde están incluidas la acera y los propios pasos de peatones. En el Artículo 121.5 se alude a la prohibición general de todo vehículo de acceder a estas zonas. En este sentido, la normativa contempla en el Artículo 65.4 multas de hasta 200 euros para los vehículos que invadan cualquier espacio peatonal, al considerarse una infracción grave.

Así, con el Reglamento General de Circulación en la mano podemos afirmar que la bicicleta es un vehículo, que los vehículos tienen prohibida su circulación por cualquier zona peatonal, y por tanto que las bicicletas no podrán ni circular por las aceras ni hacer uso del paso de peatones como tales.

En todo momento deberán circular por el carril-bici (si lo hubiera) o por la calzada como un vehículo más. Y si desease salirse de la calzada y circular por la acera, deberá bajarse de la bicicleta y hacerlo como peatón. De igual manera, si desease cruzar la calzada trasversalmente por el paso de peatones, deberá bajarse de la bicicleta y hacerlo andando.

Ciclista cruzando paso de peatones

Las ordenanzas municipales se contradicen

En cualquier caso, es cierto que el Reglamento General de Circulación es escueto en este aspecto. Y lo es a propósito, porque la idea general es que sean las ordenanzas municipales de cada población las que regulen el tráfico de las bicicletas, entre otros aspectos.

El problema viene cuando muchos ayuntamientos, dentro del marco de sus planes de movilidad y de sus medidas de fomento de la bicicleta, aprueban ordenanzas que van en contra de la ley. Así, estas ordenanzas permitirían normas específicas o determinadas formas de actuar de los ciclistas que contradirían con lo expuesto en el Reglamento General de Circulación.

Si bien es cierto que estas ordenanzas generalmente buscan fomentar el uso de la bicicleta permitiendo su circulación por espacios como calles peatonales o plazas, nunca lo hacen en el sentido de que puedan, además, usar los pasos de peatones sin bajarse de la bicicleta, pues está más que comprobado que esta situación es generadora de confusión, conflicto entre los usuarios y situaciones de riesgo por atropello.

Ciclista cruzando paso de peatones

Las sentencias judiciales también lo dicen

No en vano, muchas de estas normativas municipales han terminado en largas polémicas no sólo entre los conductores sino también entre los peatones, que sienten invadido su propio espacio. Incluso algunas de estas ordenanzas están siendo anuladas por sentencia judicial precisamente por eso, por contravenir el Reglamento General de Circulación.

También podemos encontrar sentencias judiciales en casos de atropellos en ambos sentidos. Por un lado, casos en los que se le da la razón al conductor porque el ciclista atropellado cruzaba el paso de peatones pedaleando. Algún otro (con fundamentos bastante extraños) en los que se le da la razón al ciclista, pues se consideró que el conductor no había circulado con la suficiente precaución frente a un semáforo en ámbar.

En este sentido, ya vimos que los pasos de peatones producen una falsa sensación de seguridad, pero siempre debe primar la cautela: por un lado, si vamos a cruzar, siempre debemos asegurarnos de ser vistos por los conductores y darles tiempo a frenar con seguridad; por el otro, si como conductores nos aproximamos a un paso de peatones, debemos extremar la precaución por si algún viandante quiere cruzar la calzada.

Ya existe un paso específico para ciclistas

Ciclista cruzando paso de peatones

En todo caso, el Reglamento General de Circulación contempla en su Artículo 168 (que regula las marcas viales transversales como el paso de peatones) la existencia de una marca de paso para ciclistas, específica para este tipo de usuarios que quieran cruzar la calzada trasversalmente sin bajarse de la bicicleta. Este paso para ciclistas es el que vemos con frecuencia junto a carriles-bici, y consisten en dos líneas trasversales discontinuas y paralelas sobre la calzada.

El hecho de que el Reglamento General de Circulación contemple y regule el uso de dicha marca vial debería constituir en sí mismo signo inequívoco de que es por este tipo de paso, y no por otro, por el que los ciclistas pueden cruzar la calzada. Además, estos pasos para ciclistas suele ir acompañado de un paso de peatones, otro indicativo más de que el paso de peatones no es común para peatones y ciclistas sino que ambos son específicos, y únicos, para cada tipo de usuario.

Los nuevos pasos de peatones, causa de confusión

Ciclista cruzando paso de peatones

Pero un nuevo problema viene otra vez por algunas medidas tomadas por determinados ayuntamientos (y no necesariamente con mala intención). Existe una tendencia entre los consistorios a señalizar los pasos de peatones únicamente con dos líneas trasversales discontinuas, precisamente como los pasos para ciclistas, aunque con diferentes dimensiones.

Esta medida, que ya aparecía contemplada en algunos borradores de la Dirección General de Tráfico para el nuevo Reglamento de Circulación, sería aplicable solamente en los pasos de peatones regulados por semáforos. Su objetivo sería reducir la superficie deslizante que supone la pintura especialmente en los días de lluvia, y mirando por la seguridad principalmente de los motoristas.

No es una medida del todo desacertada pero que contribuiría más aún a la confusión entre pasos peatonales y ciclistas, y que obligaría al consistorio a señalizar estos últimos con símbolos de bicicleta en la propia calzada; algo que tampoco se está cumpliendo.

Sin embargo, es un tema que está por resolver, pues volviendo nuevamente al Artículo 168 del Reglamento General de Circulación, en su apartado C se especifica que la marca de paso de peatones debe ser “una serie de líneas de gran anchura, dispuestas sobre el pavimento de la calzada en bandas paralelas al eje de ésta y que forman un conjunto transversal a la calzada, indica un paso para peatones, donde los conductores de vehículos o animales deben dejarles paso”.

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