Renovar carné de conducir: Estas son las novedades que prepara la DGT para 2019

Renovar carné de conducir: Estas son las novedades que prepara la DGT para 2019

Como cada año al final de diciembre y después del resumen sobre las noticias que más nos han impactado en 2018 en materia de seguridad vial, toca hacer un repaso de las novedades que prepara la DGT para 2019. Algunas medidas ya han sido anunciadas por la DGT y otras pendientes de publicarse en el BOE pero queda por ver cómo se desarrollarán finalmente los cambios normativos introducidos.

La reducción de la velocidad en carreteras convencionales

Nuevo cuadro con las velocidades máximas genéricas según la vía y tipo de vehículo

El pasado día 29 de diciembre se publicó en el BOE la modificación del artículo 48 del Reglamento General de Circulación referido a los límites de velocidad en las carreteras convencionales. Con esta modificación, que entrará en vigor el 29 de enero de 2019, desaparecerá la diferenciación de limitaciones genéricas entre 90 y 100 km/h para los turismos y las motocicletas, que pasará a reducirse finalmente a 90 km/h en todas las carreteras convencionales. No obstante, el titular de la vía podrá fijar un limite máximo de 100 km/h para turismos, motocicletas y autocaravanas con masa máxima autorizada igual o inferior a 3500 kg, en aquellas carreteras convencionales que tengan separados físicamente los dos sentidos de circulación.

Para unificar criterios, desaparece la diferencia de limitaciones de velocidad que existía en base al tipo de vía y a la anchura del arcén. Un cambio que afectará a unos 10.000 kilómetros de nuestras carreteras secundarias que verán reducida su velocidad para seguir las pautas marcadas por la Unión Europea y que tiene como objetivo, reducir la siniestralidad vial en aquellas carreteras de una sola calzada y con doble sentido de circulación. En consecuencia, si vamos con nuestro vehículo por una carretera convencional o secundaria y superamos la velocidad genérica de 90 km/h (u otra limitación específica inferior por lugar o tipo de vehículo), nos podrían sancionar con multa y pérdida de puntos.

Qué novedades nos traerá el Reglamento General de Circulación

Como era de esperar vienen de camino, además de la reducción de velocidad en carreteras secundarias, otras modificaciones que afectarán a la normativa sobre la circulación de vehículos y al endurecimiento del permiso de conducir por punto:

Uso del móvil: Sujetar el móvil con la mano mientras se conduce (para hablar, enviar mensajes, tocar una aplicación, el navegador o cualquier otra funcionalidad), restará seis puntos del permiso de conducir además de la multa correspondiente.

Elementos de seguridad: No llevar puesto o colocado correctamente los elementos de seguridad tales, como: el casco de protección, el cinturón de seguridad y los sistemas de retención infantil, supondrá la pérdida de cuatro puntos del permiso de conducir además de la multa correspondiente.

Cursos de recuperación de puntos: Se podrán recuperar 8 en vez de los 6 puntos actuales en los cursos de recuperación parcial de puntos y si no se cometen infracciones graves o muy graves en el periodo de dos años, se podrá recuperar el saldo inicial. Además, para conductores profesionales, existirá una comunicación directa entre la DGT y las empresas, que así lo deseen, para estar al corriente sobre el saldo actual de puntos en el permiso de conducir de los empleados.

Unas modificaciones que obedecen a la necesidad de adaptar dicha normativa no sólo a las necesidades de los conductores sino también a los cambios que se producen en los vehículos y en las vías porque, como ya sabemos, son factores determinantes en la producción de siniestros en nuestra red de carreteras y que con una regulación adecuada se consigue mejorar la seguridad vial. Por tanto, bienvenidas sean.

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