Renovar carné de conducir: Las motocicletas y ciclomotores llevarán también distintivo ambiental

Renovar carné de conducir: Las motocicletas y ciclomotores llevarán también distintivo ambiental

Todo empezó en abril de 2015 cuando la DGT envió una carta a más de 10.000 propietarios de vehículos eléctricos y de hidrógeno para cumplir con una de las medidas del Plan Nacional de Calidad del Aire y Protección de la Atmósfera (Plan Aire) a la luz del programa Aire Puro para Europa. Dicha carta iba acompañada de una pegatina, a modo de distintivo y se identificaba, dentro de cuatro clasificaciones (Cero Emisiones, ECO, C y B) a turismos y furgonetas en función de su potencial contaminante. Pues bien, ahora la DGT, con ésta noticia publicada el pasado viernes, abre el abanico para incluir a casi 3,5 millones de vehículos que cuenta el parque de vehículos entre motocicletas y ciclomotores.

Un distintivo respetuoso con el medio ambiente

Clasificacion_DGT_Emisiones

La clasificación del parque de vehículos tiene como objetivo discriminar positivamente a los vehículos más respetuosos con el medio ambiente y ser un instrumento eficaz en políticas municipales, tanto restrictivas de circulación de vehículos en momentos de alta contaminación, como de promoción de nuevas tecnologías a través de beneficios tanto fiscales como de movilidad y medio ambiente. Los vehículos que se han catalogado en esta ocasión corresponden a:

Ciclomotores de dos ruedas o de tres ruedas: Vehículo de dos ruedas o de tres ruedas, provisto de un motor de cilindrada no superior a 50 cm3, si es de combustión interna, y con una velocidad máxima por construcción no superior a 45 km/h.

Cuadriciclos ligeros: Vehículos de cuatro ruedas con una masa en vacío inferior a 350 kg (sin incluir la masa de las baterías en el caso de los vehículos eléctricos), una velocidad máxima por construcción no superior a 45 km/h con un motor de cilindrada inferior o igual a 50 cm3 para los motores de explosión, o una potencia máxima neta inferior o igual a 4 kW para los otros tipos de motores.

Motocicletas de dos ruedas: Vehículos de dos ruedas sin sidecar, provistos de un motor de cilindrada superior a 50 cm3, si es de combustión interna, y/o con una velocidad máxima por construcción superior a 45 km/h.

Motocicletas con sidecar: Vehículos de tres ruedas asimétricas respecto a su eje medio longitudinal, provistos de un motor de cilindrada superior a 50 cm3, si es de combustión interna, y/o con una velocidad máxima por construcción superior a 45 km/h.

Todos los vehículos mencionados anteriormente, según la ley comunitaria sobre categorías de vehículos de la Comisión Europea, pertenecen a Vehículos de la categoria L y todos ellos, según sus características técnicas, podrían encuadrarse en uno de los distintivos ambientales que se citan:

– Etiqueta Ambiental 0 Azul.
– Etiqueta Ambiental Eco.
– Etiqueta Ambiental C verde.
– Etiqueta Ambiental B Amarilla.

Por tal motivo, en el momento de la matriculación de nuevos vehículos, que reúnan los requisitos sobre los distintivos ambientales, la propia Jefatura Provincial de Tráfico en base a sus características técnicas entregará dicho distintivo al interesado junto con el permiso de circulación. Sin embargo, los titulares de motocicletas y ciclomotores, ya matriculadas que lo deseen, podrán consultar el distintivo medioambiental que les corresponde a través de la Web de la DGT, introduciendo la matrícula de su vehículo. Una vez resulta la consulta podrán adquirir el distintivo medioambiental en las oficinas de Correos. Por otro lado, al igual que sucede con los turismos, la colocación de dicha pegatina o distintivo ambiental en las motos y ciclomotores es voluntaria, pero se recomienda colocarla en el ángulo inferior derecho del parabrisas o en defecto de éste, en lugar visible para facilitar la identificación del vehículo.

Estas son las ventajas de llevar la etiqueta ambiental

distintivo ambiental motos y ciclomotores

Entre las siglas que se citan en los distintivos ambientales o adhesivos, están:

. Vehículo eléctrico (EV): vehículo propulsado exclusivamente por uno o más motores eléctricos.
· Vehículo eléctrico de baterías (BEV): vehículo eléctrico que utiliza exclusivamente energía eléctrica de sus baterías que se recargan de una fuente de energía eléctrica exterior.
· Vehículo eléctrico de Rango Extendido (REEV): vehículo eléctrico que utiliza exclusivamente energía eléctrica de sus baterías que se recargan principalmente de una fuente de energía eléctrica exterior pero que también pueden recargarse por un generador eléctrico embarcado.
· Vehículo eléctrico de células de combustible (FCEV): vehículo eléctrico que utiliza exclusivamente energía eléctrica procedente de una pila de combustible de hidrógeno embarcado.
· Vehículo híbrido (HEV): vehículo propulsado por una combinación de motores de combustión y eléctricos.
· Vehículo híbrido enchufable (PHEV): vehículo híbrido que a voluntad puede ser propulsado sólo por su(s) motor(es) eléctrico(s) que se alimentan de baterías que pueden ser recargadas de una fuente de energía eléctrica exterior.
· Vehículo de Hidrógeno (HICEV): vehículo propulsado por motor(es) de combustión de hidrógeno.

Los distintivos ambientales son, en definitiva, instrumentos al servicio del cumplimiento de imperativos legales o recomendaciones por parte de las autoridades municipales para cubrir restricciones de circulación a determinados vehículos en vías urbanas. Por otro lado, en ámbito nacional, la DGT establece a primeros de año unas medidas especiales de regulación del tráfico durante el año en curso y que afecta a los vehículos identificados por el adhesivo con distintivo ambiental y que, además, deberán estar inscritos en el Registro de Vehículos del Organismo Autónomo Jefatura Central de Tráfico como cero emisiones, ECO, C o B:

De momento sólo afecta a los turismos. De tal forma que éstos podrán utilizar, cuando la señalización variable lo permita, los carriles reservados para la circulación de vehículos con alta ocupación (VAO). Actualmente, tienen la consideración de carriles VAO: Los carriles pertenecientes a la calzada central de la carretera A-6, entre los kilómetros 6 al 20 correspondientes a la Comunidad de Madrid y los carriles izquierdos de ambos sentidos de la carretera GR-3211 [de Granada (A-395) a la Zubia], entre los kilómetros 0+115 al 1+410 en sentido creciente y entre los kilómetros 0+105 al 1+530 en sentido decreciente

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