Enfermedades endocrinas y conducción

Enfermedades endocrinas y conducción

Los síntomas oculares del hipertiroideo impiden ver correctamente cuando se conduce, por lo que el médico desaconsejará la conducción, mientras persistan los síntomas. Al conductor hipotiroideo que presente síntomas que interfieran con la conducción, le recomendaremos que de forma temporal no conduzca hasta que la recuperación completa del cuadro clínico le devuelva la capacidad para hacerlo con seguridad. Hipertiroidismo: El incremento de la actividad de la glándula tiroides se manifiesta frecuentemente por bocio, piel fina caliente y húmeda, taquicardia, temblor, signos oculares y fibrilación auricular. Los tipos más frecuentes de hipertiroidismo son la enfermedad de Graves o bocio difuso tóxico, el bocio multinodular tóxico y el adenoma tóxico. Las manifestaciones más características son nerviosismo y aumento de la actividad, palpitaciones, fatiga, hipersensibilidad al calor, aumento del apetito, pérdida de peso, taquicardia, insomnio, debilidad y diarrea. Los signos oculares que se observan en pacientes con tirotoxicosis consisten en mirada fija con aumento de la apertura ocular y retracción palpebral, inyección conjuntival, dolor orbitario, lagrimeo, irritación y fotofobia. La oftalmopatía infiltrativa es una complicación más grave, específica de la enfermedad de Graves, que produce exoftalmos y debilidad en los músculos extraoculares con visión borrosa o diplopía. La dermopatía infiltrativa de localización preferente en el área pretibial, produce en las fases iniciales gran prurito y eritema, y es típica de la enfermedad de Graves. La crisis o tormenta tiroidea es una urgencia que requiere tratamiento específico e inmediato, y se caracteriza por la aparición brusca de fiebre, debilidad, agitación extrema con grandes oscilaciones emocionales, confusión, psicosis o incluso coma. El paciente puede presentar colapso cardiovascular y shock. Tratamiento del hipertiroidismo: Los medicamentos...
Nueva normativa para llevar niños en el coche

Nueva normativa para llevar niños en el coche

    El pasado 18 de julio se publicó en el Boletín Oficial del Estado (BOE) la modificación del Reglamento General de Circulación que entrará en vigor el 1 de octubre. En general, esta nueva normativa simplifica las normas ya existentes y se fía de los fabricantes. Estos son los cuatro principales puntos de la nueva ley según un resumen publicado por la OCU: 1. Por debajo de 1,35 de altura, los niños atrás Los menores por debajo de 1,35 de altura deben ir atrás: no se puede ir en el asiento delantero hasta que no se superen o los 18 años de edad o los 135 centímetros. La única excepción se da si todos los asientos traseros están ya ocupados por sillas para niños: en estos casos el menor podrá sentarse delante, pero en una silla homologada y adecuada para su altura/peso. 2. Cada silla se monta según instrucciones No es obligatorio montar las sillas en una u otra dirección (en el sentido de la marcha o al contrario). Lo que hay que hacer es lo que ponga en las instrucciones de ese modelo de silla en concreto. La única excepción es si la silla se monta en un asiento delantero y el ‘airbag’ no está desactivado: en este caso está prohibido que la silla vaya en el sentido contrario a la marcha. 3. En los taxis, sin silla pero en ciudad Los menores pueden ir en la parte trasera de los taxis sin sistema de retención, pero solo si el recorrido es en un área urbana. 4. En vehículos de más de 9 plazas En vehículos de...

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