Renovar carné de conducir: Alteraciones neurológicas por consumo de alcohol y su repercusión al volante

Renovar carné de conducir: Alteraciones neurológicas por consumo de alcohol y su repercusión al volante

El alcohol consumido de forma crónica produce alteraciones digestivas, cardiacas, hepáticas, pérdida de memoria, paranoia, problemas de visión y reflejos, etc., que incapacitan en muchos casos la conducción de forma permanente. Síndrome de abstinencia del alcohol Produce temblor, hiperreflexia y, en algunos pacientes, convulsiones generalizadas. Alucinosis alcohólica Sigue al consumo excesivo y prolongado de alcohol, con ilusiones y alucinaciones auditivas sin confusión, que provocan terror en el paciente. Suele ser transitoria y responde al tratamiento con fenotiazinas en un periodo de 1-3 semanas. Delirium tremens Debido a la abstinencia grave, se inicia con episodios de ansiedad y confusión creciente, insomnio con pesadillas y depresión profunda. Son características la desorientación e interrupción de las funciones cognitivas, con sensación de gran inquietud. Pueden producirse alucinaciones y estados delirantes, con temblor, disartria y ataxia. Cirrosis alcohólica Produce embotamiento, letargo y estupor. Síndrome de Korsakoff Se caracteriza por una grave alteración de la memoria reciente, a menudo compensada con fabulación. Está asociado generalmente al consumo excesivo de alcohol, malnutrición crónica o déficit dietético del grupo vitamínico B, particularmente tiamina. Encefalopatía de Wernicke El pronóstico es peor si también se desarrolla este tipo de encefalopatía caracterizada por parálisis ocular, alteración del pensamiento, ataxia y polineuropatía. Epilepsia Puede agravarse en un paciente por el consumo excesivo de alcohol. A su vez, el alcoholismo constituye por sí mismo una posible causa de crisis convulsiva. En la proximidad de la crisis y de manera transitoria suele existir una sensibilidad aumentada a la estimulación luminosa intermitente. Las crisis convulsivas y la fotosensibilidad suelen ocurrir en periodo de abstinencia, al menos algunas horas después de la última ingestión de...
Psicotécnicos: ¿Es legal llevar una «dashcam» en el coche?

Psicotécnicos: ¿Es legal llevar una «dashcam» en el coche?

Desde la DGT recuerdan que la manipulación de la cámara con el coche en marcha sí es motivo de sanción.   ¿Qué es una «dashcam»? Se trata de una cámara de vídeo de pequeño tamaño que se instala en el interior del coche. Se puede colocar tanto en la parte delantera como en la trasera y su cometido no es otro que grabar en todo momento lo que ocurre en la carretera. Existen varias fórmulas para instalarlas, aunque la más popular es por adhesión a través de una ventosa a la luna del coche. Eso sí, se debe extremar la precaución a la hora de elegir la ubicación de la cámara y colocarla en un sitio en el que no obstaculice la visión al conductor. Pero, ¿qué dice la Dirección General de Tráfico (DGT) al respecto? En Drive Smart recogen que en países como Rusia el uso de las «dashcam» no solo es legal sino obligatorio para reducir los fraudes a los seguros y depurar responsabilidades. Sin embargo, en España no encontramos ninguna legislación que se oponga o castigue la instalación de las «dashcam». En realidad, se encuentra en un vacío legal al respecto. Desde la DGT recuerdan que la manipulación de la cámara con el coche en marcha sí es motivo de sanción. Al igual que otro tipo de distracciones al volante, como el GPS, la radio o los acompañantes, esta cámara podría suponer una distracción y riesgo de sufrir un accidente. ¿Cuándo es legal usarla en España? Tal y como detallan desde la DGT, en España sí se puede llevar una cámara instalada en el salpicadero del...
Renovar carné de conducir: Pérdida de la audición, vértigo de origen nervioso, trastornos del nervio facial, y su repercusión en la conducción

Renovar carné de conducir: Pérdida de la audición, vértigo de origen nervioso, trastornos del nervio facial, y su repercusión en la conducción

Síndrome cocleovestibular radicular La causa más frecuente es el neurinoma del acústico y, entre otras, alteraciones vasculares, virales, secuelas de meningitis, colesteatoma y otros tumores. Se presentan signos vestibulares con vértigos de tipo laberíntico y nistagmus de tipo horizontal-rotatorio, hipoacusia evolutiva de percepción unilateral y pocos signos de lesión del nervio facial. Consejos Con vértigo y nistagmus no se puede conducir. La hipoacusia que no alcance los límites autorizados de audición fijados por la ley incapacita la conducción. Una vez finalizado el tratamiento causal, el paciente será evaluado por las posibles secuelas e informado de la influencia de éstas en la conducción. La evolución de la enfermedad debe reflejarse en el informe médico para valorar su capacidad al volante. Síndrome vestibular central Se produce por compresiones tumorales o abscesos, alteraciones vasculares como el síndrome de insuficiencia vertebrobasilar o ateroesclerosis difusa de la fosa posterior, síndromes degenerativos o inflamatorios como la esclerosis en placas, siringobulbia (cavidades en el bulbo raquídeo) y otras. En el síndrome de hipoexcitabilidad, los vértigos son menos acusados que en el síndrome periférico, en cambio el desequilibrio es llamativo. El nistagmus espontáneo es constante y de gran intensidad. En el síndrome de hiperexcitabilidad, los vértigos son también mínimos y el desequilibrio muy importante. Generalmente, no existe nistagmus espontáneo. Consejos La conducción es imposible. Si la enfermedad causal es controlada, se evaluará la posibilidad del permiso o prórroga de conducción pero individualizando cada caso con informes periódicos del especialista. Neuronitis vestibular Es una enfermedad benigna caracterizada por la instauración súbita de vértigo severo que es persistente al inicio y que a continuación se vuelve paroxístico. Parece que...
Psicotécnicos: El uso de redes sociales al volante se dispara

Psicotécnicos: El uso de redes sociales al volante se dispara

El 12% de conductores y el 31% de peatones hace uso habitual y peligroso de las redes sociales. Además, estos porcentajes se han incrementado en los últimos cinco años.   El VI Informe de Distracciones elaborado por BP, Castrol y el RACE pone en evidencia “el incremento exponencial de actitudes peligrosas en el tráfico relacionadas con el uso del teléfono móvil“. Este informe se ha basado en una entrevista online (entre el 27 de mayo y el 4 de junio de este año) a un total de 2.132 usuarios entre los 18 y los 65 años de edad y de 17 Comunidades Autónomas. Según esta encuesta, el 96% confesó haber visto a alguien hablando por el móvil mientras conducía (80% de forma habitual), y el 76% (el 72% muchas y bastantes veces) usando el móvil sin hablar (manipulándolo o mirándolo).   Crecimiento exponencial del uso de redes sociales Según este informe, “los que hace unos años eran niños y adolescentes son ahora conductores entre 18 y 24 años y, con su llegada al volante han incrementado de forma exponencial nuevos usos peligrosos del smartphone, sin que suponga un descenso en los peligros habituales” -como hablar sin manos libres o el empleo del móvil para chatear o mirar el correo electrónico-. Además, “las personas pertenecientes a otros rangos de edad también se encuentran mucho más famliarizadas con las nuevas tecnologías, y las han integrado en su día a día“. El mayor desfase entre la menor franja de edad y el total de conductores se produce en el uso de las redes sociales: un 12% del total de encuestados confiesa usarlas...
Renovar carné de conducir: ¿Qué diferencia existe entre la conducción temeraria y negligente?

Renovar carné de conducir: ¿Qué diferencia existe entre la conducción temeraria y negligente?

  Entre el articulado de la Ley de Tráfico y Seguridad Vial, en adelante LSV, figura el cuadro general de infracciones y sanciones. Unas infracciones administrativas perfectamente definidas en la LSV y que las cataloga, en función del hecho que se cometa, como: leves, graves y muy graves. Unos hechos o acciones imprudentes que podrían ser delito si existen indicios de responsabilidad penal. En todo caso, sería el Ministerio Fiscal el encargado de tramitar la infracción o, en su caso, terminar con una sanción administrativa. En base a la forma de producirse el hecho está la clave y no es lo mismo conducir de forma temeraria que negligente. En el detalle está la diferencia… Al volante, las infracciones se pagan Se deberá conducir con la diligencia y precaución necesarias para evitar todo daño, propio o ajeno, cuidando de no poner en peligro, tanto al mismo conductor como a los demás ocupantes del vehículo y al resto de los usuarios de la vía. Queda terminantemente prohibido conducir de modo negligente o temerario. (Artículo 3 del Reglamento General de Circulación) Las normas de circulación introducen normas relativas a elementos de seguridad fuera y dentro del vehículo así como las obligaciones que tenemos si nos vemos implicados directa o indirectamente en cualquier incidente vial. Dicho esto, debemos saber que cualquier conducta contraria a dichas normas podría ser constitutiva de infracción o delito. Por tanto, si la conducta infractora durante la conducción no ha sido delictiva estaríamos ante una infracción muy grave. Por ejemplo, la conducta de ir pegado y dando ráfagas de luz, a los conductores que van delante, para que se...

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